Facturación digital ya es total en Ecuador

Facturación digital ya es total en Ecuador.

Autor: El Comercio | Noviembre 30, 2022

El plazo venció para que las personas naturales y sociedades implementasen la facturación electrónica de forma obligatoria. Sin embargo, seguirán circulando algunas facturas físicas vigentes hasta noviembre del 2023.  Según datos del Servicio de Rentas Internas (SRI), hasta la semana pasada 423 000 contribuyentes ya habían migrado a la facturación electrónica (332 000 personas naturales y 91 000 sociedades). Faltaba la incorporación de más de la mitad de las personas obligadas a emitir estos documentos.

Con el objetivo de facilitar el proceso, el SRI autorizó de oficio (automáticamente) la incorporación de 661 100 personas a este nuevo esquema de emisión. Actualmente, hay más de un millón de contribuyentes que ya están autorizados a entregar los comprobantes electrónicos.  Aquellos que ingresaron automáticamente al sistema digital deberán obtener la firma electrónica y el aplicativo de facturador o software para cumplir con la obligación. El sistema seleccionado puede ser el gratuito que ofrece el SRI o uno de pago; esto depende del contribuyente.

El SRI realizó, al menos, cuatro modificaciones al proceso para facilitar la migración a la facturación electrónica. Entre las modificaciones consta que ya no se requiere convenio de débito para la autorización, como emisores de comprobantes electrónicos; es decir, ya no es necesario registrar la cuenta bancaria en la página web del organismo. Además, se habilitó la obtención de firma electrónica con cédula, anteriormente solo se podía obtener con el RUC. Los contribuyentes pueden verificar si han sido autorizados de oficio para la emisión de facturas electrónicas, ingresando a la página web del SRI, en el link ‘Validación de emisor en producción’.

Están obligados a migrar al sistema de facturación electrónica todos los contribuyentes, excepto los pequeños negocios vinculados al Régimen Simplificado para Emprendedores y Negocios Populares, con ventas hasta de USD 20 000 anuales. Estos seguirán emitiendo notas de ventas físicas. Dentro de los obligados constan todos los contribuyentes que brindan servicios profesionales y los transportistas. Entre estos últimos está Gabriel Zambrano, de 38 años, quien brinda el servicio de taxi en Quito y, desde hace unos dos meses, entrega facturas electrónicas a los clientes que lo solicitan. Asegura que es sencillo y se ha acoplado rápidamente al sistema digital. Gabriel no optó por el software gratuito del SRI, ya que no le permitía descargarse el PDF desde un celular, así que prefirió un aplicativo pagado con más facilidades. Por el servicio paga USD 2,5 al mes.

Facturas físicas

Las facturas físicas con fecha vigente a partir del 30 de noviembre de 2022 sí serán válidas hasta la fecha autorizada. El tiempo máximo de autorización de comprobantes físicos es un año, por lo que es posible que circulen facturas físicas hasta noviembre de 2023. La recomendación es, antes de recibir un comprobante físico, fijarse en la fecha de caducidad que consta en la parte inferior. El 97% de los comprobantes que se emiten en Ecuador es electrónico, por lo que se puede afirmar que en el país está implementado plenamente ese tipo de facturación, aseguró Francisco Briones, director del SRI. El funcionario explicó que la digitalización de la administración tributaria permitirá controles eficientes contra la evasión y la defraudación.

Entre otras reformas en los controles, por ejemplo, consta que desde el 10 de noviembre las facturas de USD 50 o más están obligadas a tener todos los datos del contribuyente. Es decir, ya no pueden ser como consumidor final, antes el valor mínimo era USD 200.

Fuente: https://www.elcomercio.com/actualidad/negocios/facturacion-digital-ecuador-sri-fisicas.html?utm_source=facebook&utm_medium=social&utm_campaign=photopost

Si su compra es de $ 50 o más ya no podrá ser a nombre de consumidor final

Si su compra es de $ 50 o más ya no podrá ser a nombre de consumidor final.

Autor: Expreso | Noviembre 15, 2022

Un cambio para mejorar el control tributario. Desde el pasado 10 de noviembre de 2022, todos los negocios obligados a entregar factura deben pedir los datos del cliente por ventas de bienes o servicios desde los $ 50. Es decir, ya no aplica una factura a nombre de consumidor final por más de $ 50.  Anteriormente, señaló el SRI, la base para exigir datos del consumidor era $ 200.  Así lo dio a conocer el director del Servicio de Rentas Internas (SRI), Francisco Briones, este 15 de noviembre de 2022, durante la presentación del nuevo reglamento para fortalecer el control tributario y para reactivar la producción y las nuevas inversiones.

El propósito, dijo Briones, es evolucionar y caminar a una declaración de impuestos mucho más precisa sobre los ingresos y gastos que tiene un contribuyente, con el apoyo de la facturación electrónica. «Y no solamente eso, sino también transparentar los gastos de las familias y los contribuyentes», dijo el titular del SRI.  Además, se define el concepto de «servicios profesionales» a fin de que, tanto personas naturales como sociedades, puedan identificar qué tipo de servicio prestan para definir a cuál régimen impositivo pertenecen, sea Régimen General o Régimen Simplificado para Emprendedores y Negocios Populares (Rimpe).

Además, respecto del Impuesto a los Consumos Especiales (ICE) se aclara la manera de determinar la base imponible para cerveza industrial, cigarrillos y perfumes. Aclara que el concepto de cerveza artesanal es únicamente para aquellos productos fabricados en el país.

Inversiones

El ministro de Producción, Comercio Exterior e Inversiones, Julio José Prado, aseguró que se actualizó el reglamento a la Ley de Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal, con el fin de mejorar trámites para atraer inversiones. Por ejemplo, se reforma la estructura y atribuciones del Comité de Comercio Exterior (Comex). Reforma los procesos de sanciones comerciales referentes a acuerdos suscritos y ratificados por Ecuador. Además, se establece el procedimiento para la aplicación de la reducción de tres y cinco puntos en la tarifa de impuesto a la renta para sociedades nuevas y/o existentes que realicen nuevas inversiones.

Las pequeñas y medianas empresas podrán pagar hasta dentro del plazo de tres meses el IVA causado por sus ventas a crédito. Es decir que desde su declaración de IVA tendrán tres meses adicionales para realizar el pago correspondiente.  También se abre la posibilidad para la obtención de crédito tributario para aquellos contribuyentes que adquieran bienes o servicios a negocios populares a través de la emisión de liquidaciones de compra de bienes y prestaciones de servicios.

Simplificación de trámites 

Para agilizar trámites, se dispuso el procedimiento para aplicación del incentivo de exoneración de Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) con la suscripción de contratos de inversión. También se reformó la estructura y atribuciones del Comité Estratégico para la Promoción y Atracción de Inversiones (Cepai).

Se estableció un procedimiento más sencillo para acogerse a la exención por estudios en el exterior, gastos de manutención y por enfermedades catastróficas, raras o huérfanas. Se modificó los tipos de licencias de importación y el trámite para su adquisición, que busca mayor transparencia y coherencia con el Acuerdo de Facilitación del Comercio.  También se mejora el proceso en el Servicio Nacional de Aduanas (Senae) para la concesión de exenciones de tributos al comercio exterior en el caso de donaciones provenientes de entidades extranjeras.

Fuente: https://www.expreso.ec/actualidad/economia/compras-50-podran-nombre-consumidor-final-141233.html