Acuerdos y resoluciones de los organismos de control del Ecuador
Debido a la emergencia sanitaria que está atravesando el país, las diferentes entidades han tomado varias iniciativas y acciones con el fin de precautelar la integridad y continuidad de sus actividades.
Debido a la emergencia sanitaria que está atravesando el país, las diferentes entidades han tomado varias iniciativas y acciones con el fin de precautelar la integridad y continuidad de sus actividades.
La Resolución No. JPRF-F-2022-036 determina la tasa de interés para las operaciones de crédito generadas para la redistribución de predios rurales estatales a favor del sector agrario de la agricultura familiar campesina y de la economía popular y solidaria.
La Resolución Nro. JPRF-F-022-032 incorpora un mecanismo extraordinario y temporal de alivio financiero aplicable tanto al sector financiero público y privado como al sector financiero de la economía popular y solidaria.
La Resolución Nro. JPRF-F-022-030 informa que se mantiene, hasta el 31 de diciembre de 2022, el plazo de 61 días para el registro de la transferencia a las cuentas vencidas de las operaciones de crédito que no hubieren sido pagadas en la fecha de vencimiento en la banca, pública y privada; se homologan los criterios de calificación, constitución de provisiones específicas y mecanismos extraordinarios para el diferimiento de provisiones en el Sistema Financiero Nacional.
La Resolución Nro. JPRF- F- 2022 -023 reforma el subsegmento de crédito productivo PYMES para incluir a las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad con ventas anuales superiores a USD 100,000.00.
La Resolución Nro. JPRF-F-2022-021 reforma a la resolución JPRF-F-2022-005 para incluir el proyecto “Fomento a la Inversión productiva de las microempresas” dentro del Programa de créditos del 1%.
La Resolución Nro. JPRF-F-2022-013 reforma a la resolución JPRF- F-2021-008 en la que se incluye las operaciones que no hubieren sido pagadas a los 61 días plazo.
La Resolución No. JPRM-2022-013-M aprueba el informe elaborado por el Banco Central del Ecuador donde se presenta el estado de la economía ecuatoriana al año 2021 y perspectivas para el año 2022. Esta resolución entrará en vigencia a partir del 31 de marzo del 2022.
La Resolución No. JPRM-2022-013-M norma que la moneda legal es el dólar de los Estados Unidos, la cual puede ser canjeada en el Banco Central y en cualquier institución financiera sin ningún costo. En cuanto a los medios de pago electrónicos serán implementados y operados por las instituciones antes descritas. Esta resolución entrará en vigencia a partir del 11 de febrero del 2022.
La Resolución No. JPRM-2022-002-M regula el porcentaje de encaje el cual será calculado por el Banco Central del Ecuador en base al promedio semanal de los saldos diarios de las captaciones sujetas a encaje de las entidades de los sectores financieros público, privado y popular y solidario. Las entidades anteriormente indicadas deben constituir y mantener reservas de liquidez respecto de sus captaciones. Esta resolución entrará en vigencia a partir del 20 de enero del 2022.
La Resolución No. JPRM-2021-004-M regula el registro por parte del Banco Central del Ecuador de créditos con desembolsos monetarios y/o adquisición e importación de bienes con un plazo igual o superior a 180 días. El Banco Central del Ecuador también registrará los pagos efectuados a dichos créditos y habilitara al Servicio de Rentas Internas el acceso al sistema de información. Esta resolución entrará en vigencia a partir del 16 de noviembre del 2021.
El Decreto Ejecutivo No. 33 dispone a los burós de crédito eliminar la información histórica de las deudas vencidas menores a USD 1.000, que las personas tengan en un banco privado, público o cooperativa del segmento 1 y 2. Esto te ayudará nuevamente a ser sujeto de crédito y a tu reactivación. Pero recuerda, esto NO elimina tu obligación de pago, para lo cual debes acercarte a la entidad a arreglar tu situación, si no lo haces, a futuro puedes seguir teniendo problemas con tu score crediticio.
Conoce cómo funcionan los burós y cómo puedes mejorar tu score:
Sin excepción, toda persona que tenga un crédito en el sistema financiero consta en el buró de crédito.
Básicamente, la información que se registra en el buró, es el comportamiento de pago de tu deuda.
El puntaje (score) que se te asigna en el buró de crédito tiene un rango que va de 0 a 999 puntos.
Mientras más bajo sea tu puntaje tienes un alto riesgo de incumplimiento de pago y por eso las entidades financieras se ven limitadas a otorgar un crédito.
Si mejoras tu puntaje, en cambio, sube el nivel de cumplimiento de pago y las entidades te facilitan los créditos.
Por eso es importante que arregles tus deudas impagas para mejorar tus futuros puntajes. Tu banco o cooperativa está listo para atenderte.
Con el fin de minimizar los efectos económicos de la pandemia COVID-19, en el sector bancario, la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera, en atención a las propuestas presentadas por la Superintendencia de Bancos, mediante Resolución No. 663-2021-F de 14 de mayo de 2021 aprobó lo siguiente:
Se amplía hasta el 31 de diciembre de 2021 la aplicación de la transferencia a cuentas vencidas, a los 61 días plazo, de las operaciones de crédito no pagadas en la fecha de vencimiento.
Se sigue aplicando hasta el 31 de diciembre de 2021 las tablas temporales de porcentajes de provisión y días de morosidad reducidos.
Se permite el traslado de las provisiones genéricas por tecnología crediticia hacia las provisiones específicas.
La Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera, con Resolución No. 647-2021-F, efectúa reformas en los capítulos que hace referencia a la segmentación de créditos contenida en el Título II “Sistema Financiero Nacional”, Libro I “Sistema Monetario y Financiero” de la Codificación de Resoluciones Monetarias, Financieras de Valores y Seguros, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución No. 603-2020-F orientada a la simplificación de segmentos de crédito y al establecimiento de una nueva metodología de tasas de interés activas máximas.
Esta resolución entrará en vigencia a partir del 01 de mayo de 2021.
La Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera, con Resolución No. 646-2021-F aprueba la propuesta "Norma que determina el segmento en el que se ubicarán las fundaciones y corporaciones civiles, que tengan como objeto principal el otorgamiento de créditos, para los fines de lo dispuesto por el artículo I del reglamento general de la ley orgánica de apoyo humanitario para combatir la crisis sanitaria derivada del COVID 19” emitida por la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria con oficio NO. SEPS-SGD-2021-04810-OF para la inclusión de la Sección XXV del Capitulo XXXVII “Sector Financiero Popular y Solidario”; del Título II “Sistema Financiero Nacional”, Libro I “Sistema Monetario y Financiero” de la Codificación de Resoluciones Monetarias, Financieras de Valores y Seguros.
2021: La oportunidad de cambiar la estructura de la economía ecuatoriana
Autor: Wilmer Torres – Enero 02, 2021
Ecuador emprenderá en 2021 el camino de al menos tres reformas estructurales clave para la economía. Se trata de la modernización del sistema de recaudación de impuestos, la actualización de un marco legal laboral que data de 1938 y finalmente una profunda reforma a un sistema de seguridad social que ya no es sostenible.
Según el cronograma acordado por Ecuador con el Fondo Monetario Internacional, la reforma tributaria debería ser aprobada en el segundo semestre de 2021. La meta de la reforma tributaria no solo es tener un sistema de impuestos más ordenado sino también aumentar la recaudación en 2 puntos porcentuales del Producto Interno Bruto de Ecuador en 2022. Otra de las propuestas es que la recaudación aumente gracias a un crecimiento de la economía.
La aprobación de una reforma laboral quedará en manos del próximo Gobierno. Hay que resolver al menos tres nudos críticos en el mercado laboral ecuatoriano, según el ministro del Trabajo, Andrés Isch: reducir la informalidad, romper con la brecha de genero y las dificultades que le cierran el camino a los jóvenes.
La Junta Monetaria aprueba nueva tabla de morosidad
Octubre 28, 2020
La Resolución No. 609-2020-F de 28 de octubre de 2020, de la Junta Monetaria y Financiera, establece un nuevo plazo que tendrán los bancos para registrar
las cuentas vencidas, que se aplicará desde el pasado 31 de octubre hasta el 30 de junio de 2021. Así, durante este periodo, cada vez que una operación
quede vencida se le otorgan 61 días más antes de registrarla como tal, sin perjuicio de los procesos de reestructuración que se apliquen para normalizar
la operación. Esto no se trata de un nuevo diferimiento, sino de un último plazo antes de que la deuda quede registrada como vencida y por tanto también
cambien las calificaciones de la morosidad de los clientes. Además, en esta resolución se establece una nueva tabla de provisiones que deberá cumplir la
banca en las deudas vencidas. Aunque los porcentajes son los mismos que hasta ahora, lo que cambia es el plazo para la provisión.
En vigencia la Ley de Ordenamiento de las Finanzas Públicas
Julio 28, 2020
El pasado viernes 24 de julio de 2020 entró en vigor la Ley de Ordenamiento de las Finanzas Públicas tras ser publicada en el suplemento del
Registro Oficial número 253. La propuesta que fue de iniciativa del Ejecutivo como parte de las normas que presentó para superar la crisis
sanitaria por la pandemia ocasionada por el COVID-19, junto con la Ley de Apoyo Humanitario. Esta es una de las normas que forman parte del
acuerdo con el Fondo Monetario Internacional (FMI).
Entre los aspectos que contiene la normativa está el tema del techo de endeudamiento. Además, contempla la autonomía presupuestaria de la
seguridad social, la creación de un fondo de estabilización para paliar crisis y un seguro de cobertura petrolera y minera para proteger al
país frente a una eventual caída de los precios del crudo y de los minerales que el país exporta.
La ley crea un fondo de ahorro para mitigar el impacto negativo de los riesgos fiscales en las finanzas públicas.
La Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera, con Resolución No. 588-2020-F, especifica que el “diferimiento extraordinario de obligaciones
crediticias es el proceso mediante el cual se reprogramen, refinancien, reestructuren o noven las operaciones de crédito.
Además, se amplía el proceso de diferimiento de las obligaciones crediticias al período del estado de excepción por calamidad pública y hasta 60 días
después de finalizado el mismo, en función del Art. 12 de Ley Orgánica de Apoyo Humanitario
Ley de Apoyo Humanitario se publicó en el Registro Oficial
Junio 22, 2020
Este lunes 22 de junio del 2020 el Registro Oficial publicó la Ley Orgánica de Apoyo Humanitario, que contiene reformas laborales impulsadas por presidente de Ecuador, Lenín Moreno, en el contexto de la crisis del covid-19. De esta manera, el cuerpo legal entró en vigor. Uno de los temas que sé que se encuentra en esta ley es la Prórroga en el pago de deudas, en donde se indica que, durante el Estado de Excepción y hasta por 60 días más de finalizado ese período las entidades financieras, incluidas las tarjetas de crédito y casas comerciales deberán reprogramar el cobro de cuotas mensuales generadas por deudas.
En la ley también se plantea el Acuerdos de pago para empresas, negocios y personas, donde se señala que, los dueños de negocios podrán llegar a acuerdos preconcursales de pago con sus deudores, ya sean clientes, proveedores, y demás.
La norma, además contiene aspectos como acuerdos laborales, pensiones educativas, tarifas para servicios básicos, facilidades financieras, convenios entre deudores y acreedores, entre otros.
Proyecto de Ley de Ordenamiento de Finanzas Públicas
Junio 15, 2020
El presidente Lenín Moreno envió este lunes el veto parcial que realizó a la Ley de Ordenamiento de las Finanzas Públicas, aprobada por la Asamblea en mayo pasado. El Jefe de Estado realizó 16 objeciones a artículos de esta ley. Uno de los principales cuestionamientos que recibió el proyecto es que los planes de inversión deben también enmarcarse en los techos presupuestarios que emitan las entidades pertinentes.
Moreno también plantea que el Banco Central y los bancos públicos puedan mantener el acceso a operaciones de financiamiento para liquidez e intermediación financiera. Además, en una de las objeciones del Ejecutivo se indica que el ente rector de las finanzas públicas deberá "reducir progresivamente el indicador de deuda pública y otras obligaciones hasta el límite establecido en el artículo respectivo".
Reforma de plazos de Diferimiento extraordinario de obligaciones crediticias
Junio 09, 2020
Este lunes 8 de junio del 2020 la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera aprobó la resolución No. 569-2020-F para que los usuarios del sistema bancario puedan solicitar y negociar directamente con las entidades financieras las condiciones para solicitar el servicio de diferimiento o acceder a una renovación, debido al impacto económico que ha supuesto el aislamiento y la suspensión de las actividades laborales a causa de la pandemia, por cual los clientes de la banca privada que difirieron en abril y mayo del 2020 los pagos de sus créditos por 60 días debido a la emergencia sanitaria del covid-19 en Ecuador, podrán renovar este beneficio bajo nuevas condiciones. También regirán nuevas reglas para quienes desean acceder por primera vez al diferimiento de las cuotas de tarjetas de crédito y préstamos.
Lo medular de la decisión de la Junta es que no habrá un límite de tiempo para posponer los pagos, eso se definirá entre el banco y el cliente, de acuerdo con la situación de cada persona, explicó Marcos López, titular de la Junta. Esta resolución fue comunicada por la Superintendencia de Bancos mediante la circular Nro. SB-IG-2020-0023-C del 9 de junio del presente año.
Moreno reduce el plazo para acuerdo entre empleador y trabajador a un año, renovable por una sola vez
Junio 09, 2020
El presidente de Ecuador, Lenín Moreno, remitió a la Asamblea Nacional el veto parcial al proyecto de Ley de Apoyo Humanitario, que fue aprobado el 15 de mayo pasado por la Legislatura.
El veto consta de 32 observaciones.
Acuerdo laboral
En el texto remitido a la Asamblea se señala que los empleadores podrán acordar con sus trabajadores la reducción de máximo el 50% de la jornada laboral. Asimismo, se establece que el pago del salario corresponderá, en proporción, a las horas efectivamente trabajadas y que no será menor al 55% del sueldo fijado previo al acuerdo.
Nuevo contrato especial emergente
La objeción presidencial enviada a la Legislatura regula la figura del nuevo contrato especial emergente. Este “se celebra para la sostenibilidad de la producción y fuentes de ingresos en situaciones emergentes o para nuevas inversiones o líneas de negocio, productos o servicios, ampliaciones o extensiones del negocio, modificación del giro del negocio, incremento en la oferta de bienes y servicios”.
Desconexión del teletrabajo
El Presidente de la República incluyó normativa para el teletrabajo en el sector público y privado. Esta modalidad podrá tener tres formas: permanente, parcial y ocasional.
Pensiones escolares
El veto dispone que los centros de desarrollo infantil, instituciones educativas particulares, fiscomisionales, municipales y las instituciones del Sistema de Educación Superior "otorgarán rebajas de hasta 25% a los representantes de los alumnos".
Seguridad Social
Los empleadores que se mantuvieron cerrados o no tuvieron ingresos durante el estado de excepción podrán realizar el pago de sus obligaciones "sin la generación de intereses, multas ni recargas", reza en el veto de Moreno.
Servicios básicos
Otro punto del veto es que no habrá incremento de las tarifas de los servicios básicos hasta seis meses después de la vigencia del Estado de Excepción. Asimismo, se prohíbe la suspensión del servicio por no pago, hasta 30 días después de la vigencia de esta ley.
Seguros de salud
El veto parcial prohíbe la terminación de seguros. "Esta prohibición se aplica solo a los atrasos incurridos durante el tiempo que dure el estado de excepción por la emergencia sanitaria".
Pensiones vitalicias
La objeción parcial también garantiza que se deje de pagar las pensiones vitalicias a los exmandatarios de la República que no concluyeron su periodo por las causales dispuestas en la Constitución o por haber sido sentenciados en delitos como cohecho, peculado y otros.
La Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera, con Resolución No. 582-2020-F, dispuso ampliar en 60 días adicionales, para que
los clientes y bancos privados puedan acogerse, previa solicitud del usuario o por iniciativa directa de las entidades financieras, previa
notificación al cliente, al “diferimiento extraordinario de obligaciones crediticias” .
Además de ampliar en 90 días adicionales para que las operaciones que no hubieren sido pagadas en la fecha de vencimiento sean transferidas a
las correspondientes cuentas vencidas.
La Asamblea Nacional aprobó el Proyecto de Ley Orgánica para el Ordenamiento de las Finanzas Públicas. El proyecto que reforma el Código de Finanzas Públicas tuvo 72 votos a favor, 63 votos en contra, 2 votos en blanco de los 137 asambleístas conectados en la sesión virtual del pleno. La normativa será enviada al ejecutivo para su veto o promulgación.
La ley aprobada asegura la autonomía de las entidades de seguridad social. Además, respeta la autonomía de los Gobiernos Autónomos Descentralizados, Banco Central del Ecuador y Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (BIESS).
Además, ordena que el Ministerio de Economía y Finanzas sea quien emita los techos presupuestarios globales, institucionales y de gasto considerando prioridades. También contempla programas de preservación de capital del Presupuesto General del Estado con el fin de cuidar la liquidez, aumentar la riqueza, el patrimonio y la capacidad financiera del Estado.
En otro de los artículos aprobados se estipula que el presidente de la República y el Ministerio de Finanzas entreguen cada año la política de prevención, mitigación y gestión de riesgos fiscales con cobertura del sector público no financiero.
El presidente de la Asamblea Nacional, César Litardo dijo que con la aprobación de la Ley de Finanzas Públicas “se busca generar sostenibilidad fiscal, unas finanzas públicas mejor organizadas y mayor transparencia”.
Sin contribuciones solidarias, la Asamblea aprobó la Ley Orgánica de Apoyo Humanitario
Mayo 15, 2020
La Asamblea Nacional aprobó el proyecto de Ley Orgánica de Apoyo Humanitario con 74 votos afirmativos de los 137 legisladores presentes en la votación virtual. El texto será remitido al Ejecutivo como manda el proceso constitucional de promulgación de leyes.
El proyecto de ley fue muy criticado. La mayor preocupación de quienes lo cuestionaban era la sostenibilidad del empleo, la liquidez de las empresas y la atención a los sectores más necesitados. Durante el debate, asambleístas de Alianza País y de CREO, coincidieron en que la ley tiene beneficios sociales para los ciudadanos. Además, por acuerdo del presidente Lenín Moreno y algunos asambleístas se eliminó la sección sobre contribuciones solidarias de personas naturales y empresas.
Con la nueva ley, las entidades del sistema financiero nacional que den créditos a las pequeñas y medianas empresas desde abril de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2020 tendrán incentivos. Podrán deducir del impuesto a la renta el 50 % del valor de los intereses recibidos por el pago de estos préstamos.
Según la Asamblea, el objetivo de la ley es “proteger la vida y la salud, reactivar la economía, atender a los ciudadanos en estado de vulnerabilidad, sostener el empleo y fomentar las actividades productivas”. Además, busca prevenir procesos de quiebra de empresas y proteger los derechos de los trabajadores.
Comisión aprobó el informe para primer debate de Ley de Ordenamiento de las Finanzas Públicas
Abril 27, 2020
La Comisión de Régimen Económico aprobó el informe para primer debate de Ley de Ordenamiento de las Finanzas Públicas, que contiene reformas al Código de Planificación y Finanzas Públicas
(Coplafip), con ocho votos a favor y cinco en contra. De todo el texto, 40 de los 49 artículos se mantuvieron igual, el 6 y el 47 fueron eliminados y,
en principio, siete no alcanzaron votación: 2, 11, 16, 31, 33, 34 y 39.
En ese informe se respalda al Ejecutivo en la creación de un seguro petrolero, en establecer límites al momento de modificar el Presupuesto General del Estado (PGE) y se crea un Fondo de Estabilización para
paliar la crisis económica; mientras que, en el limbo esta la posibilidad del Ministerio de Finanzas de establecer los techos presupuestarios a la
Seguridad Social, porque no hubo consenso en la mesa legislativa.
La clasificación del Sector Público No Financiero fue una de las propuestas más criticadas. En el texto remitido por el Ejecutivo se establece que dentro de esa clasificación están los gobiernos seccionales,
las empresas públicas y la seguridad social.
Comisión recomienda excluir de contribuciones solo a trabajadores de la salud y modifica la tabla de aportes
Abril 27, 2020
La Comisión de Desarrollo Económico aprobó el informe que irá al Pleno de la Asamblea para el primer debate de la Ley de Ayuda Humanitaria. El documento que modifica más de un
70% la propuesta del Ejecutivo fue aprobado con ocho votos.
Entre los últimos ajustes se decidió que solo los trabajadores del sector de la salud estarán exentos de los aportes, y dejaron fuera a militares y policías como planteó el
Ejecutivo. Para los aportes, se modificó la base de los sueldos de USD 500 dólares que planteó el Ejecutivo. La Comisión sugirió que esto se aplique a
partir de los USD 720, conforme a una propuesta del Frente Unitario de Trabajadores.
Los asambleístas también consensuaron no dar paso a la disposición general con la que se pretendía eliminar el fondo de promoción electoral para los comicios de 2021.
Tabla de contribución solidaria y progresiva de la Comisión de Desarrollo Económico:
Lenín Moreno anuncia medidas económicas y llama a un gran acuerdo nacional ante la triple emergencia que vive Ecuador
Abril 10, 2020
Entre las principales medidas económicas para enfrentar la emergencia sanitaria que anunció el presidente Lenin Moreno, se encuentra
renegociar la deuda externa, una contribución obligatoria del 5 %
las empresas con ganancias desde $1 millón, y un proyecto de ley social.
Creación de Cuenta de Asistencia Humanitaria: Se creará esta cuenta para asegurar la atención en salud, provisión de alimentos y la protección del empleo.
Las empresas que ganaron más de 1 millón de dólares aportarán con el 5 % de esa utilidad y aquellos trabajadores que perciban desde los 500 dólares contribuirán $ 2 mensuales. Estos recursos servirán para ampliar el Bono de Protección Familiar.
A la Asamblea Nacional se remitirá un proyecto de ley que propone:
Evitar los desalojos de aquellas personas que arriendan sus viviendas.
Ampliación de la cobertura de salud en el IESS a quienes se queden sin empleo por 90 días o más.
El seguro de desempleo se cobrará en siete días, y se ampliará su cobertura.
Entregar ayuda económica a padres de familia de escasos recursos para cubrir un porcentaje de la pensión escolar en instituciones privadas.
Solicitar un nuevo financiamiento para el alivio inmediato de la liquidez de las empresas.
El Pleno del Consejo de la Judicatura, considerando diferentes artículos, circulares, resoluciones y memorandos, resuelve:
Restablecer parcialmente en la modalidad presencial el servicio notarial en el ámbito nacional.
Los notarios atenderán varios actos y contratos como testamentos, poderes especiales y generales , entre otros, durante la
vigencia de la emergencia. Los demás actos notariales que no se encuentre en el artículo 2, y se requirieran serán aprobados mediante
resolución del Pleno del Consejo de la Judicatura.
DISPOSICIONES GENERALES
Los Directores Provinciales, bajo la supervisión del Director General del Consejo de la Judicatura, establecerán horario de atención y
las notarías que estén de turno.
Quedan excluidos de la prestación del servicio notarial durante el estado de emergencia, notarios que presenten condiciones de
vulnerabilidad de contagio.
10 días posteriores a la finalización del aislamiento, las y los notarios deberán entregar el índice resumen con los actos y contratos
realizados.
La secretaría administrativa de la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera, resolvió lo siguiente:
ARTÍCULO PRIMERO.- AGREGAR a continuación del Capítulo I, Título II las siguientes Disposiciones Transitorias aplicables al Decreto Ejecutivo
1017 de 16 de marzo de 2020:
En caso de emisión de obligaciones, la asamblea de obligacionistas podrá autorizar modificaciones al contrato.
En el caso de procesos de titularización, el comité de vigilancia podrá convocar a asamblea con el fin de acordar un diferimiento de pago.
Para efectos de la aplicación de lo dispuesto, los obligacionistas y los tenedores de los valores de titularización podrán comparecer personalmente a las asambleas.
Para el caso de las facturas comerciales negociables, el emisor, el aceptante y los inversionistas podrán acordar un diferimiento del plazo de pago.
En los procesos de emisión de obligaciones de corto plazo la declaración ante el notario público podrá firmarse de manera electrónica.
Los diferimientos en las fechas de pago no serán considerados como default en las emisiones de valores.
La secretaría administrativa de la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera, resolvió lo siguiente:
"REFORMAR LAS NORMAS GENERALES PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL FONDO DE LIQUIDEZ DEL SECTOR FINANCIERO PRIVADO Y DEL SECTOR FINANCIERO POPULAR Y SOLIDARIO”
ARTÍCULO 1.- Reformar el artículo 14, de la Codificación de Resoluciones Monetarias, Financieras, de Valores y Seguros, donde se establece: “8%”, deberá decir: “5%”.
ARTÍCULO 2.- Reformar el numeral 1 del artículo 15, de la Codificación de Resoluciones Monetarias, Financieras, de Valores y Seguros, sustituyéndose “5%” por “4%”.
ARTÍCULO 3.- En la Subsección II, Sección II, del Capítulo XXX, Título II, Libro I, de la Codificación de Resoluciones Monetarias, Financieras, de Valores y Seguros,
se debe incluir cuatro disposiciones.
Margarita Hernández expone a Comisión de Régimen Económico de la Asamblea Nacional las
acciones tomadas frente al COVID-19
Abril 01, 2020
Ante la Comisión de Régimen Económico de la Asamblea Nacional, Margarita Hernández, Superintendente de Economía Popular y Solidaria (SEPS),
expuso acciones para mitigar el impacto del COVID-19 y asegurar la continuidad del servicio a la ciudadanía.
Se realizó evaluación y monitoreo diario de la liquidez del sector financiero y no financiero de la Economía
Popular y Solidaria y se activó un plan de contingencia.
Suspensión de asambleas de cooperativas, para no incumplir la restricción de más de 30 personas en actos públicos y privados.
Se dispuso a las cooperativas de ahorro y crédito modificar las condiciones de crédito.
Se estableció una prórroga para la entrega de estructuras de información sobre estados financieros de las organizaciones.
Se solicitó a las entidades del sector financiero implementar planes de contingencia y medidas para precautelar la integridad de usuarios y empleados.
Posición de oro monetario del Banco Central del Ecuador
Marzo 29, 2020
El Banco Central informó que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38 del Código Orgánico Monetario y Financiero activó, una línea de
facilidad de liquidez con una de sus contrapartes internacionales por un monto de UDS 300 millones, con una tasa anual de 2,6%, a modo de
previsión ante la baja experimentada de activos líquidos externos en las Reservas Internacionales del país. Para ello se requirió que 240 mil
onzas de oro se mantengan inmovilizadas en la cuenta del Banco Central del Ecuador en el exterior.
Por lo que se importaron USD 300 millones en billetes desde las cuentas del BCE en la Reserva Federal de los Estados Unidos. Esto se realizó
anticipando posibles complicaciones logísticas de vuelos internacionales que puedan arribar a Ecuador producto de la pandemia, los recursos se
encuentran en el país para atender los requerimientos ciudadanos y garantizar la provisión de especies monetarias.
Decreto ejecutivo 1021 apoya a sectores más afectados por la emergencia sanitaria
Marzo 28, 2020
Precautelando la liquidez y el flujo económico de los sectores más afectados por la emergencia sanitaria, se dispuso mediante
Decreto Ejecutivo No. 1021, la ampliación del plazo para el pago del Impuesto a la Renta de sociedades del ejercicio fiscal 2019 y
del Impuesto al Valor Agregado (IVA), mismos que se cancelaran en seis pagos durante el año 2020: dos pagos del 10% y cuatro del 20%
del impuesto a pagar, conforme al noveno dígito del RUC y el calendario previsto en el propio Decreto.
Según el Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2020-080 del 28 marzo 2020, debido a la declaratoria de emergencia sanitaria en el país,
los derechos de los trabajadores deben ser garantizados. De tal manera, los empleadores y trabajadores del sector privado
deberán acogerse a las nuevas directrices, que incluyen:
Modificación emergente de la jornada laboral
Recuperación respecto a la suspensión emergente de la jornada laboral
Supercías resuelve prorrogar entrega de balances financieros y plazos de procesos
Marzo 26, 2020
La Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, mediante la
Resolución No. SCVS-INPAI-2020-00002715
dispuso prorrogar la entrega de estados financieros por el plazo de 30 días contados a partir del vencimiento del plazo original, además, mediante
Resolución No. SCVS-INPAI-2020-00002712
se dispuso la suspensión de los plazos y términos de todos los procesos administrativos, coactivos, tributarios y de prescripción de la acción de cobro.
Esta institución ha habilitado canales de atención virtual para brindar información ágil y oportuna, ademas de permitir la realización
de trámites en línea.
Superintendencia de Bancos informa sobre medidas adoptadas frente al COVID-19
Marzo 24, 2020
La Superintendencia de Bancos ante la emergencia que está atravesando el país actúa de forma inmediata protegiendo el ahorro de los depositantes, afiliados y
pensionistas, para aliviar financieramente a las familias y MIPYMES.
Por esta razón, la institución solicitó a las entidades controladas mediante la
Resolución SB-2020-496
la elaboración de un “Plan de Manejo de
Emergencias”, para la implementación de estrategias y acciones concretas que permitan controlar y minimizar los efectos, además, mediante la
Circular SB-DS-2020-0003-C
y
Resolución SB-2020-504
solicitó mecanismos que garanticen la continuidad de los servicios, dispuso también implementar
el Diferimiento extraordinario de obligaciones crediticias y mediante la
Circular SB-DS-2020-0004-C
dispuso varias acciones a las entidades del
sistema financiero privado.
LA JUNTA DE POLÍTICA Y REGULACIÓN MONETARIA Y FINANCIERA CONSIDERANDO: Que el Estado, por medio de sus instituciones, tiene
la obligación de garantizar los derechos de los ciudadanos y
precautelar el bien común y mediante varios artículos, decretos y acuerdos resuelve efectuar varias reformas
ARTÍCULO ÚNICO.- En el Capítulo XIX, Título II, agréguense las siguientes disposiciones transitorias:
Reestructuren o noven operaciones de crédito al amparo de la presente resolución.
Las entidades financieras del sector público y privado podrán modificar las condiciones de las operaciones de crédito.
Las entidades del sector financiero público y privado establecerán políticas y procedimientos específicos para la gestión y seguimiento de los diferimientos extraordinarios.
Las entidades del sector financiero público deberán refinanciar sus operaciones en las mismas condiciones que se señalan en las disposiciones transitorias precedentes.
Los diferimientos extraordinarios realizados no requerirán la autorización del Directorio correspondiente.
Las entidades del sector financiero durante el ejercicio del año 2020, constituir provisiones genéricas.
Las disposiciones se aplicarán para el caso de las inversiones privativas del BIESS.
Sin contribuciones solidarias, la Asamblea aprobó la Ley Orgánica de Apoyo Humanitario
Mayo 15, 2020
La Asamblea Nacional aprobó el proyecto de Ley Orgánica de Apoyo Humanitario con 74 votos afirmativos de los 137 legisladores presentes en la votación virtual. El texto será remitido al Ejecutivo como manda el proceso constitucional de promulgación de leyes.
El proyecto de ley fue muy criticado. La mayor preocupación de quienes lo cuestionaban era la sostenibilidad del empleo, la liquidez de las empresas y la atención a los sectores más necesitados. Durante el debate, asambleístas de Alianza País y de CREO, coincidieron en que la ley tiene beneficios sociales para los ciudadanos. Además, por acuerdo del presidente Lenín Moreno y algunos asambleístas se eliminó la sección sobre contribuciones solidarias de personas naturales y empresas.
Con la nueva ley, las entidades del sistema financiero nacional que den créditos a las pequeñas y medianas empresas desde abril de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2020 tendrán incentivos. Podrán deducir del impuesto a la renta el 50 % del valor de los intereses recibidos por el pago de estos préstamos.
Según la Asamblea, el objetivo de la ley es “proteger la vida y la salud, reactivar la economía, atender a los ciudadanos en estado de vulnerabilidad, sostener el empleo y fomentar las actividades productivas”. Además, busca prevenir procesos de quiebra de empresas y proteger los derechos de los trabajadores.
Comisión aprobó el informe para primer debate de Ley de Ordenamiento de las Finanzas Públicas
Abril 27, 2020
La Comisión de Régimen Económico aprobó el informe para primer debate de Ley de Ordenamiento de las Finanzas Públicas, que contiene reformas al Código de Planificación y Finanzas Públicas
(Coplafip), con ocho votos a favor y cinco en contra. De todo el texto, 40 de los 49 artículos se mantuvieron igual, el 6 y el 47 fueron eliminados y,
en principio, siete no alcanzaron votación: 2, 11, 16, 31, 33, 34 y 39.
En ese informe se respalda al Ejecutivo en la creación de un seguro petrolero, en establecer límites al momento de modificar el Presupuesto General del Estado (PGE) y se crea un Fondo de Estabilización para
paliar la crisis económica; mientras que, en el limbo esta la posibilidad del Ministerio de Finanzas de establecer los techos presupuestarios a la
Seguridad Social, porque no hubo consenso en la mesa legislativa.
La clasificación del Sector Público No Financiero fue una de las propuestas más criticadas. En el texto remitido por el Ejecutivo se establece que dentro de esa clasificación están los gobiernos seccionales,
las empresas públicas y la seguridad social.
Comisión recomienda excluir de contribuciones solo a trabajadores de la salud y modifica la tabla de aportes
Abril 27, 2020
La Comisión de Desarrollo Económico aprobó el informe que irá al Pleno de la Asamblea para el primer debate de la Ley de Ayuda Humanitaria. El documento que modifica más de un
70% la propuesta del Ejecutivo fue aprobado con ocho votos.
Entre los últimos ajustes se decidió que solo los trabajadores del sector de la salud estarán exentos de los aportes, y dejaron fuera a militares y policías como planteó el
Ejecutivo. Para los aportes, se modificó la base de los sueldos de USD 500 dólares que planteó el Ejecutivo. La Comisión sugirió que esto se aplique a
partir de los USD 720, conforme a una propuesta del Frente Unitario de Trabajadores.
Los asambleístas también consensuaron no dar paso a la disposición general con la que se pretendía eliminar el fondo de promoción electoral para los comicios de 2021.
Tabla de contribución solidaria y progresiva de la Comisión de Desarrollo Económico:
Lenín Moreno anuncia medidas económicas y llama a un gran acuerdo nacional ante la triple emergencia que vive Ecuador
Abril 10, 2020
Entre las principales medidas económicas para enfrentar la emergencia sanitaria que anunció el presidente Lenin Moreno, se encuentra
renegociar la deuda externa, una contribución obligatoria del 5 %
las empresas con ganancias desde $1 millón, y un proyecto de ley social.
Creación de Cuenta de Asistencia Humanitaria: Se creará esta cuenta para asegurar la atención en salud, provisión de alimentos y la protección del empleo.
Las empresas que ganaron más de 1 millón de dólares aportarán con el 5 % de esa utilidad y aquellos trabajadores que perciban desde los 500 dólares contribuirán $ 2 mensuales. Estos recursos servirán para ampliar el Bono de Protección Familiar.
A la Asamblea Nacional se remitirá un proyecto de ley que propone:
Evitar los desalojos de aquellas personas que arriendan sus viviendas.
Ampliación de la cobertura de salud en el IESS a quienes se queden sin empleo por 90 días o más.
El seguro de desempleo se cobrará en siete días, y se ampliará su cobertura.
Entregar ayuda económica a padres de familia de escasos recursos para cubrir un porcentaje de la pensión escolar en instituciones privadas.
Solicitar un nuevo financiamiento para el alivio inmediato de la liquidez de las empresas.
El Pleno del Consejo de la Judicatura, considerando diferentes artículos, circulares, resoluciones y memorandos, resuelve:
Restablecer parcialmente en la modalidad presencial el servicio notarial en el ámbito nacional.
Los notarios atenderán varios actos y contratos como testamentos, poderes especiales y generales , entre otros, durante la
vigencia de la emergencia. Los demás actos notariales que no se encuentre en el artículo 2, y se requirieran serán aprobados mediante
resolución del Pleno del Consejo de la Judicatura.
DISPOSICIONES GENERALES
Los Directores Provinciales, bajo la supervisión del Director General del Consejo de la Judicatura, establecerán horario de atención y
las notarías que estén de turno.
Quedan excluidos de la prestación del servicio notarial durante el estado de emergencia, notarios que presenten condiciones de
vulnerabilidad de contagio.
10 días posteriores a la finalización del aislamiento, las y los notarios deberán entregar el índice resumen con los actos y contratos
realizados.
La secretaría administrativa de la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera, resolvió lo siguiente:
ARTÍCULO PRIMERO.- AGREGAR a continuación del Capítulo I, Título II las siguientes Disposiciones Transitorias aplicables al Decreto Ejecutivo
1017 de 16 de marzo de 2020:
En caso de emisión de obligaciones, la asamblea de obligacionistas podrá autorizar modificaciones al contrato.
En el caso de procesos de titularización, el comité de vigilancia podrá convocar a asamblea con el fin de acordar un diferimiento de pago.
Para efectos de la aplicación de lo dispuesto, los obligacionistas y los tenedores de los valores de titularización podrán comparecer personalmente a las asambleas.
Para el caso de las facturas comerciales negociables, el emisor, el aceptante y los inversionistas podrán acordar un diferimiento del plazo de pago.
En los procesos de emisión de obligaciones de corto plazo la declaración ante el notario público podrá firmarse de manera electrónica.
Los diferimientos en las fechas de pago no serán considerados como default en las emisiones de valores.
La secretaría administrativa de la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera, resolvió lo siguiente:
"REFORMAR LAS NORMAS GENERALES PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL FONDO DE LIQUIDEZ DEL SECTOR FINANCIERO PRIVADO Y DEL SECTOR FINANCIERO POPULAR Y SOLIDARIO”
ARTÍCULO 1.- Reformar el artículo 14, de la Codificación de Resoluciones Monetarias, Financieras, de Valores y Seguros, donde se establece: “8%”, deberá decir: “5%”.
ARTÍCULO 2.- Reformar el numeral 1 del artículo 15, de la Codificación de Resoluciones Monetarias, Financieras, de Valores y Seguros, sustituyéndose “5%” por “4%”.
ARTÍCULO 3.- En la Subsección II, Sección II, del Capítulo XXX, Título II, Libro I, de la Codificación de Resoluciones Monetarias, Financieras, de Valores y Seguros,
se debe incluir cuatro disposiciones.
Margarita Hernández expone a Comisión de Régimen Económico de la Asamblea Nacional las
acciones tomadas frente al COVID-19
Abril 01, 2020
Ante la Comisión de Régimen Económico de la Asamblea Nacional, Margarita Hernández, Superintendente de Economía Popular y Solidaria (SEPS),
expuso acciones para mitigar el impacto del COVID-19 y asegurar la continuidad del servicio a la ciudadanía.
Se realizó evaluación y monitoreo diario de la liquidez del sector financiero y no financiero de la Economía
Popular y Solidaria y se activó un plan de contingencia.
Suspensión de asambleas de cooperativas, para no incumplir la restricción de más de 30 personas en actos públicos y privados.
Se dispuso a las cooperativas de ahorro y crédito modificar las condiciones de crédito.
Se estableció una prórroga para la entrega de estructuras de información sobre estados financieros de las organizaciones.
Se solicitó a las entidades del sector financiero implementar planes de contingencia y medidas para precautelar la integridad de usuarios y empleados.
Posición de oro monetario del Banco Central del Ecuador
Marzo 29, 2020
El Banco Central informó que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38 del Código Orgánico Monetario y Financiero activó, una línea de
facilidad de liquidez con una de sus contrapartes internacionales por un monto de UDS 300 millones, con una tasa anual de 2,6%, a modo de
previsión ante la baja experimentada de activos líquidos externos en las Reservas Internacionales del país. Para ello se requirió que 240 mil
onzas de oro se mantengan inmovilizadas en la cuenta del Banco Central del Ecuador en el exterior.
Por lo que se importaron USD 300 millones en billetes desde las cuentas del BCE en la Reserva Federal de los Estados Unidos. Esto se realizó
anticipando posibles complicaciones logísticas de vuelos internacionales que puedan arribar a Ecuador producto de la pandemia, los recursos se
encuentran en el país para atender los requerimientos ciudadanos y garantizar la provisión de especies monetarias.